Ordenan al Servicio Penitenciario remitir en tiempo y forma informes técnico - criminológicos
Defensoría Regional de la 1º Circunscripción Judicial
26/03/2018 · 20:35
El viernes 23 de marzo el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe hizo lugar a un habeas corpus colectivo y correctivo interpuesto por internos alojados en el Pabellón Nº 4 de la Unidad Penitenciaria Nº 2 -Las Flores- de la ciudad de Santa Fe por el agravamiento en las condiciones de detención, pedido sobre el cual el Servicio Público Provincial de Defensa Penal -SPPDP- adhirió en la audiencia. En este sentido, el Juez Penal Eduardo Pocoví hizo lugar al recurso interpuesto por los propios internos exigiendo a la Dirección de la Unidad Penitenciaria Nº 2 el cumplimiento de los términos en el tratamiento del régimen de aquellas personas que estarían en condiciones de obtener beneficios según dicta la Ley Nacional de Ejecución Penal. Asimismo requirió que los informes técnico - criminológicos previos que anticipen el beneficio sean realizados en el término de seis días. Por último instó a la Dirección del Servicio Penitenciario para que estime los recursos necesarios a los fines de dar el debido cumplimiento en tiempo y forma a la emisión de los informes previos y/o de situación de los internos acogidos al régimen. En diciembre de 2017 la Defensoría Regional de la 1º Circunscripción Judicial -Santa Fe- presentó una acción colectiva y correctiva similar en favor de todos los internos de las Unidades Penitenciarias Nº 1 y 2 -Coronda y Las Flores respectivamente-. El motivo de la interposición se produjo en virtud de la falta y/o demora excesiva en la realización de los informes técnico - criminológicos por parte de las unidades penitenciarias. Cabe destacar que estos informes son requeridos con el fin de tramitar las salidas transitorias, la libertad asistida y/o libertad condicional de los internos. La Defensa Pública sostuvo en aquella oportunidad que el agravamiento consiste en impedir que las personas condenadas no accedan a los beneficios que le asisten, no realizando en tiempo y forma los correspondientes informes técnico - criminológicos que son imprescindibles a dichos fines. Asimismo resaltó que existieron numerosos casos donde la realización de los mismos fue dilatada sin ningún tipo de comunicación a la Defensa sobre las causas que motivaron el atraso. En este sentido, el SPPDP pidió que la unidad penitenciaria aludida dé cumplimiento a lo normado y remita los informes completos, sean favorables o no, a los fines de su análisis y tratamiento judicial en tiempo y forma. En su momento, la Justicia santafesina ya había hecho lugar a un habeas corpus colectivo y correctivo interpuesto por la Defensa Pública. Además de dar razón al SPPDP, la sentencia ordenó solicitar informes sobre la acción interpuesta al Fiscal Provincial, a la Fiscalía Regional de Santa Fe, al "Area de Seguimiento de las Condiciones de Detención o cualquier otra forma de encierro" que depende de la Corte Suprema de Justicia y a la Comisión Bicameral de Seguimiento del Nuevo Sistema de Justicia Penal atento a la gravedad institucional que reviste el tema y ante la posibilidad de que existan responsabilidades penales en los actores. |