Ordenan garantizar visitas íntimas en la “Estación Tránsito de Mujeres de Santa Fe”

Hábeas Corpus 07/11/2019 · 13:44

El Servicio Público Provincial de Defensa Penal -SPPDP-, por intermedio del Defensor Regional de Santa Fe, Dr. Jorge Leandro Miró, presentó un habeas corpus tendiente a garantizar el derecho de las internas alojadas en la “Estación Tránsito de Mujeres” a recibir visitas íntimas. El recurso, fue resuelto favorablemente por el Tribunal pluripersonal de alzada de la primera circunscripción judicial, integrado por los Dres. Fernando Gentile Bersano, Fabio Mudry y Roberto Prieu Mantaras.

Al respecto, la Defensora Provincial, Dra. Jaquelina Ana Balangione celebró el resultado del fallo judicial el cual se inscribe, junto a otros logros y a las políticas institucionales, en una gestión de gobierno positiva orientada a garantizar la vigencia de Derechos Humanos, el resguardo irrestricto de garantías constitucionales y el cumplimiento de las obligaciones que surgen del contexto normativo local e internacional.

En el mes de junio pasado, en el marco de las habituales inspecciones y monitoreos a lugares de encierro, integrantes del SPPDP detectaron diversas irregularidades que afectaban seriamente las condiciones de detención de las mujeres alojadas en el mencionado establecimiento penitenciario (camas y colchones precarios, presencia de insectos, aguas servidas, defectos en las instalaciones eléctricas, inconvenientes en relación a visitas familiares y a visitas íntimas, entre otros).

Parte de los problemas denunciados fueron resueltos en sede administrativa, restando la cuestión atinente a la recepción de visitas íntimas. Por ello, los magistrados de la Cámara Penal decidieron declarar procedente el pedido del SPPDP argumentando que el derecho de las internas "resulta incontrovertible", y ordenaron al Servicio Penitenciario arbitrar los medios necesarios para  garantizar su cumplimiento.

La Defensa Pública orienta sus acciones institucionales en favor de los distintos grupos de personas considerados en particular condición de vulnerabilidad. Asimismo, para garantizar la vigencia y el respeto a los Derechos Humanos se inspira en las garantías consagradas en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos (art. 75 inc. 22) y demás instrumentos internacionales como: las 100 Reglas de Brasilia sobre el Acceso a Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad, las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok), las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos (Reglas Mandela), entre otras.

Las mujeres privadas de la libertad suelen integrar más de uno de los “grupos vulnerables” dado que se encuentran atrapadas por distintos factores como: el género, la pobreza, la privación de libertad, etc.