Declaran ilegal y arbitraria la detención de dos mujeres y un varón ocurridas el año pasado

Hábeas Corpus 17/03/2017 · 15:08

En el día de hoy, 17 de marzo, se desarrolló la audiencia de apelación contra el punto uno de la resolución de la Jueza Penal del Colegio de Jueces de 1era. Instancia, Dra. Patricia Bilotta, quien resolvió el 21 de diciembre de 2016 “rechazar la declaración de ilegalidad y arbitrariedad de la detención sufrida por R.A., M.R., y N.S. Por parte de personal policial”.

Dicho pedido había sido realizado por el Ministerio Público de la Defensa en el marco de un habeas corpus preventivo interpuesto en favor de las víctimas, que fue admitido oportunamente de forma parcial en 1era Instancia, ordenando a todos los miembros de la policía de la Provincia de Santa Fe “evitar todo tipo de amenazas, hostigamiento, y restricciones a la libertad ambulatoria” de R.A., M.R. y N.R.. Asimismo, la Jueza instó al Ministerio Público de la Acusación para que investigue acerca de la posible comisión de delitos de acción pública por parte del personal policial.

Durante el debate desarrollado hoy, el Defensor Público de la Defensoría Regional de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario) del Ministerio Público de la Defensa, Dr. Martín Riccardi, expresó agravios contra la decisión de la magistrada de 1er. orden por entender que la detención sufrida por las víctimas fue ilegal y arbitraria. En este sentido remarcó que la aprehensión no se produjo en supuestos de flagrancia como así tampoco fue dispuesta la detención por orden escrita de un juez o autoridad competente.

Precisamente, Riccardi señaló que tanto R.R., como M.R. y N.S. fueron detenidos sin motivos previstos en la ley, afectándose la garantía fundamental del derecho a la libertad física.

En tanto, el Defensor Público, que estuvo acompañado por el Secretario Privado del Ministerio Público de la Defensa, Dr. Marcelo Marasca, también indicó que la detención de las víctimas violó estándares internacionales en materia de condiciones de detención. Así, señaló que estas permanecieron incomunicadas por la policía durante el tiempo en que permanecieron detenidas.

Del mismo modo, expresó que estas detenciones producidas en el marco del suceso conjuntamente con la incomunicación de las circunstancias y motivos de dicha medida al Ministerio Público de la Acusación y a la Defensa Pública, también constituyeron una violación a normativa nacional e internacional en Derechos Humanos.

Además, el representante de la Defensa Pública hizo hincapié en que “en la situación denunciada, no existió un control previo, coetáneo a la imposición de la medida ni tampoco posterior”. La actuación policial tiene un tiempo legalmente fijado, que fue ampliamente excedido. Asimismo, la policía debe informar el desarrollo de sus acciones durante ese tiempo al Fiscal en turno y a la Defensa Pública.

Por ello, Riccardi puntualizó que la actuación policial “resultó violatoria de la garantía primaria de la libertad ambulatoria”. No obstante también señaló que también quebrantó la garantía secundaria, es decir “la presunción de inocencia, la cual fue alterada hacia un estado de sospecha, convirtiendo a las víctimas en sospechosos, habilitándose la conculcación de garantías constitucionales”. Al mismo tiempo, manifestó que “por infundado, irracional y falto de proporcionalidad la detención debe declararse arbitraria”.

Luego de escuchar a las partes, el Juez Penal del Colegio de 2da. Instancia de Rosario, Dr. Javier Beltramone, manifestó en primer lugar que “la Jueza de 1era. Instancia tuvo que hacer lugar al habeas corpus en lo que pareciera ser una costumbre de instaurada en sectores de la policía”. De este modo refirió que la magistrada dio lugar “a lo que debe ser, que es ordenar evitar todo tipo de amenazas como si ello fuera excepcional”, agregando que “una Jueza en un Estado constitucional de Derecho está haciendo lugar a lo obvio”.

En cuanto al accionar policial de aquella madrugada del 2 de diciembre de 2016, Beltramone manifestó que “no se dieron ninguno de los requisitos para ordenar la detención de las víctimas, siendo que la misma ocurrió por un accionar cuanto menos reprochable de la policía que no supo contener ni sostener una situación que era absolutamente ajena a un hecho delictivo”.

El magistrado, además reflejó que “si se produjo un hecho de resistencia a la autoridad de manera posterior, no se está ante un hecho de flagrancia ya que ocurre después de un accionar cuanto menos defectuoso”. Esta situación fue descripta por Beltramone como una “práctica habitual” que realiza la policía. Sin embargo, destacó que en este hecho hay un varón con su tabique nasal fracturado y dos mujeres “que todavía no sabe de qué se resistieron en un hecho que nunca pudiese haber ocurrido si el accionar policial hubiese sido como corresponde”.

Por ello, Beltramone resolvió revocar el primer punto de la resolución de la Jueza Penal de 1era. Instancia, Dra. Patricia Bilotta “estimando que la detención de los tres presentantes lució arbitraria e ilegal; haciendo lugar al recurso de habeas corpus en todos su términos”.


Hechos denunciados

En el escrito de habeas corpus interpuesto en diciembre de 2016, figuran los relatos de los denunciantes quienes manifestaron que alrededor de las 3.30 del viernes 2 de diciembre, la víctima,M.R. se encontraba en el bar Olimpo, ubicado en calle Mendoza 1201 de la ciudad de Rosario. En un momento de la noche observó una situación de violencia de género contra N. S. Ella manifestó luego que este individuo era agente de la Policía Federal. M. se acercó para observar que era lo que sucedía dado que la discusión entre las dos personas iba en aumento.

Luego de ello, el sujeto se fue corriendo del bar, y  M.R. fue en su búsqueda. En las afueras del local nocturno, el joven fue interceptado por dos policías de la brigada Motorizada de la Policía de la Provincia de Santa Fe, quienes lo agarraron fuertemente y lo pusieron contra una pared. Por su lado, la chica, quien se encontraba en medio de una crisis de nervios intentó ser golpeada por un oficial. M.R. pretendió ayudarla pero agentes del Comando Radioeléctrico, que arribaron luego a la escena, lo golpearon, le pusieron las esposas y fue subido al móvil policial. La víctima denunció que en el auto le propinaron golpes en la cara y contra la puerta del auto, por lo que le quedó su nariz hinchada con permanente sangrado.

En el suceso, no solo fue detenido M.R. sino que también los oficiales del Comando Radioeléctrico detuvieron a N.S., y a otra de las jóvenes que se encontraba con el chico en el bar, de nombre R.A.. Todos ellos fueron derivados a la Comisaría 2°. Sin embargo, las dos jóvenes sí fueron ingresadas a la seccional, mientras que M.R., debido a las heridas que tenía en la nariz fue llevado al Hospital Provincial, lugar donde le fue practicada una técnica radiográfica que constató que tenía el tabique nasal fracturado.

Luego de ser revisado en el hospital Provincial, M.R. fue nuevamente subido al móvil del Comando Radioeléctrico que, en vez de tomar dirección hacia el centro de la ciudad, donde está ubicada la Comisaría 2°, direccionó su rumbo hacia zona Sur, más precisamente a calle Uriburu hasta llegar a las adyacencias de las orillas del Río Paraná. M.R. es bajado del auto a los gritos y de manera prepotente. Allí le dicen le iba a pasar lo mismo que a Franco Casco, joven desaparecido y luego hallado muerto en las aguas del Río Paraná luego de permanecer alojado en la Comisaría 7ma. de la ciudad de Rosario en el año 2014.

M.R. fue golpeado nuevamente, un policía le pidió que se arrodillara, a lo que el joven se resistió y volvieron a golpearlo, esta vez en la pierna con una escopeta del tipo Itaca que lo tumbó al suelo. Una vez en el piso, los policías lo azotaron a golpes de puño. En ese momento, uno de los efectivos sacó una pistola de su bolsillo y disparó dos tiros que pasaron muy cerca de su oreja, quedando M. aturdido por un rato. Con esa misma arma, el joven recibió un culatazo en la oreja. Alrededor de las 6 de la mañana los policías volvieron a subirlo al móvil del Comando Radioeléctrico donde fue nuevamente golpeado con la Itaca en su abdomen y seguidamente derivado a la seccional 2°.

Según cuenta la denuncia, cuando M. R. arribó a la Comisaría, N.S. y R.A. comenzaron a gritar desesperadas porque notaron al joven totalmente golpeado. En la guardia del establecimiento policial, los efectivos volvieron a pegarle, en los ojos y la mandíbula. También participaron de esta golpiza dos policías más que estaban presentes en la comisaría. Luego de ello M. R. fue llevado al calabozo de la seccional, donde también estaban alojadas las otras dos chicas. Según describieron las víctimas, las condiciones de detención del lugar eran deplorables. La celda estaba llena de orín, húmeda, los bancos y el piso estaban sucios y mojados, y no había luz artificial.

El habeas corpus relata que alrededor de las 9 de la mañana, los policías de guardia fotografiaron y ficharon a las tres víctimas. Mientras esto sucedía, un policía insultó a R.A. y la golpeó. Tanto ella como N.S. recibieron apremios ilegales durante su estadía en la Comisaría 2°. A las 12hs los tres fueron liberados. M. se encontraba muy golpeado, con múltiples lesiones visibles y su ropa dañada. Fue asistido por la guardia del Hospital de Emergencias Clemente Alvarez (HECA) lugar donde le realizaron las primeras curaciones y se constató su estado de salud.  

Por último, cabe señalar que durante la mañana del 2 de diciembre, entre las 8 y 10hs mientras M.R. estaba detenido en la Comisaría 2°, agentes policiales de la seccional 4° allanaron la casa de este. Los efectivos fueron atendidos por la madre de la víctima, quienes le manifestaron que tenían orden de allanamiento (supuestamente exhibieron un papel). Estos ingresaron al domicilio y revisaron sectores de la casa, especialmente la cocina pero no se llevaron secuestrado absolutamente ningún objeto. Cabe destacar que hace aproximadamente dos semanas M.R. fue requisado en la peatonal y detenido por llevar consigo dos vinos. Lo derivaron a la Comisaría 1°, donde refirió que “lo trataron bien”. En el escrito, el Ministerio Público de la Defensa advierte que personal policial también se presentó en la casa de R.A. , previo a que esta fuera liberada.