El Defensor Regional de Venado Tuerto disertó en la capacitación “Formación integral en medios de pruebas sobre sujetos Vulnerables y Cámara Gesell”
El Defensor Regional de la 3° Circunscripción Judicial -Venado Tuerto-, Dr. Mariano Mascioli, participó el viernes 6 de octubre, del panel “Diversas utilizaciones del testimonio en un proceso penal. El caso de personas en situación de vulnerabilidad” en el marco de la “Formación integral en medios de pruebas sobre sujetos Vulnerables y Cámara Gesell”.
Los encuentros se realizaron simultáneamente en la ciudad de Santa Fe -por la mañana- y en Rosario -por la tarde-. En Santa Fe, disertaron en el panel junto al Defensor Regional, la Fiscal del Ministerio Público de la Acusación -MPA- Dra. Alejandra del Río Ayala y el Juez Penal de 1° Instancia de la ciudad de Santa Fe, Dr. Nicolás Falkenberg. Mientras que en Rosario, participaron también la Secretaria de Gestión de la Fiscalía de Cañada de Gómez, Dra. Luciana Vallarella y la Jueza Penal de Rosario, Dra. Hebe Marcogliese.
La exposición de Mascioli giró en torno al derecho del niño, niña y/o adolescente -N,n y a- en ser oído evitando, en lo posible, su revictimización como así también en el derecho que tiene el imputado a tener una defensa eficaz para el control y producción de prueba de cargo, en su regulación convencional y constitucional.
A su vez, destacó la importancia sobre un abordaje interdisciplinario para los casos de N, n y a víctimas de abuso sexual, a quienes se les debe garantizar asistencia y protección por parte de las diversas agencias del Estado, preservando su relato para su producción mediante el dispositivo de Cámara Gesell, con el debido control de la defensa en todas sus instancias, a los fines de permitir la incorporación de prueba válida al proceso penal.
Remarcó además, que la entrevista de declaración testimonial bajo esta modalidad tiene como objeto lograr el relato libre, preciso y completo del hecho investigado por parte del N,N y A , que constituye un medio de prueba testimonial. En este sentido, manifestó que no se trata de un examen pericial ni tampoco cumple una función terapéutica, más allá del posible efecto benéfico para la recuperación del N,N y A al permitirle expresarse y poner en palabras sus vivencias.
En cuanto al rol del entrevistador/a, el Defensor Regional de Venado Tuerto manifestó la necesidad de contar con entrenamiento previo en la técnica y aplicación de los protocolos por parte de los profesionales psicólogos, quienes deberán mantener una posición neutral respecto del relato del N,N y A que decididamente no lo puede asumir la/el psicóloga/o que realiza el tratamiento o la terapia.
Por último, analizó el concepto de revictimización y/o victimización secundaria y la posibilidad de realización de una nueva declaración en Cámara Gesell, aportando criterios legales y jurisprudenciales al respecto.