Ordenan que se garantice tratamiento psicológico y el acceso a actividades recreativas a interno
En el día de hoy, jueves 1 de junio, se desarrolló una audiencia de habeas corpus correctivo interpuesto en favor de B.L. por el Defensor Público de la Defensoría Regional de la 2° Circunscripción Judicial (Rosario) del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP), Dr. Francisco Broglia.
B.L. se encontraba alojado en el sector resguardo de la Unidad Penitenciaria N° 3 de la ciudad de Rosario. Luego de permanecer internado en la Colonia Psiquiátrica de Oliveros, el joven fue trasladado a la mencionada penitenciaría, en función del dictamen emitido por las Juntas Especiales de Salud Mental del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe. Dicho informe sostenía que la institución debía brindarle continuidad al tratamiento psicológico y psiquiátrico como así también espacios de inclusión educativa, cultural y de aprendizaje de oficios.
Sin embargo, Broglia manifestó que su asistido sólo fue entrevistado por una psicóloga al ingresar a la unidad penitenciaria. Luego de ello no recibió más atención psicológica o psiquiátrica en el establecimiento. Al mismo tiempo, expuso que B.L. tampoco tuvo acceso a alguna actividad cultural, laboral o educativa en la penitenciaría.
El Defensor Público señaló también que el joven se encontraba alojado hasta el momento de la audiencia en la zona de resguardo “porque no podía ingresar a ningún pabellón”. Además, indicó que cuando ingresó a uno de ellos fue víctima de violencia por parte de la población. En este marco, B.L. recurrió a autoagresiones. Así, en ocasiones se cosió tanto la boca como los ojos y se cortó un dedo.
Al mismo tiempo, Broglia expresó que su defendido fue alojado en la Unidad Penitenciaria N° 3 con el fin de hacer frente a una situación de salud mental “muy comprometida”. Remarcó que el joven intentó suicidarse en tres oportunidades.
Por todo lo expuesto, es que la Defensa Pública interpuso la acción de habeas corpus ya que “su situación de aislamiento físico y la falta de atención psiquiátrica y psicológica traen como consecuencia graves, e incluso irreversibles, problemas para su salud mental”.
Luego de escuchar a las partes, la Jueza Penal del Colegio de Jueces de 1° Instancia, Dra. Patricia Bilotta, resolvió hacer lugar a la acción de habeas corpus interpuesta por el SPPDP y ordenó que cese la situación de resguardo físico que padece B.L. Además, dispuso el “inmediato” traslado del joven a la Unidad N° 11 de la localidad de Piñero “a los fines de que se garantice un abordaje integral” de su situación en cuanto a un inmediato e intensivo tratamiento psicológico y psiquiátrico por el Equipo de Salud. Así también la magistrada requirió que se garantice el acceso a las actividades recreativas y talleres. Por último, solicitó que se informe a la Oficina de Gestión Judicial de manera mensual los tratamientos realizados para garantizar la salud de B.L.