La Cámara de Apelaciones de Rosario dispuso la libertad de un joven imputado por tentativa de hurto
El día jueves 3 de agosto, se llevó adelante la audiencia de apelación contra la resolución del Juez Penal de 1era. Instancia, Dr. Gonzalo López Quintan, quien el 16 de junio dictó la prisión preventiva de I.D., un joven que vive en situación de calle, y se encuentra imputado por el delito de tentativa de hurto agravado de un inodoro en una casa deshabitada que se encuentra en alquiler, causa donde es asistido por la Defensa Pública de la Defensoría Regional de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario), Dra. María Eugenia Carbone.
Durante la audiencia del jueves, que estuvo presidida por el camarista Dr. Alfredo Ivaldi Artacho, la Defensora manifestó los puntos de la resolución de López Quintana que agraviaron a su defendido. En este sentido, espetó que en el dictado de la prisión preventiva a I.D. “no se dieron los requisitos suficientes para disponer de la misma, violando el principio de proporcionalidad, respecto al delito atribuido”.
Además, señaló que durante la audiencia de medida cautelar en 1° Instancia, su asistido prestó colaboración con el proceso, dando una explicación lógica acerca de los hechos sucedidos. No obstante, la Defensora Pública expresó que los dichos “no fueron valorados” por el Magistrado.
Del mismo modo, indicó que la Fiscalía argumentó durante dicha audiencia que existía peligrosidad procesal dado que el imputado no poseía un domicilio fijo. Vale aclarar que fue el propio I.D. quien manifestó vivir desde hace más de diez años en situación de calle. Por lo tanto, Carbone expresó que “existen otras maneras de garantizar el sometimiento de una persona al proceso penal sin hacer uso de la medida más gravosa, más aún cuando se trata de una persona totalmente vulnerable”. Sin embargo, López Quintana resolvió dictar la prisión preventiva desde el 15 de junio al 5 de julio.
El último agravio de la Defensa Pública estuvo dirigido hacia la decisión de López Quintana, quien pidió que la medida cautelar sea prorrogada automáticamente si previo al plazo establecido el Fiscal presentaba la acusación. Carbone expresó que ello afectó el derecho de defensa de I.D., ya que la defensa no pudo ser oída en audiencia oral.
Luego de escuchar a las partes el Juez Penal de 2° Instancia, Alfredo Ivaldi Artacho, resolvió revocar la prisión preventiva dispuesta por el Juez López Quintana contra I.D., reconociendo el dispendio jurisdiccional y el gasto que conlleva tener al imputado preso por un hecho leve. Al mismo tiempo, ordenó que el joven constituya domicilio en la sede de la Defensoría Regional de Rosario, debiendo presentarse semanalmente en la Oficina de Gestión Judicial para registrar su comparecencia.