Gran trabajo de la Defensa Pública logra fallo absolutorio en juicio oral
El Juez Penal de 1era. Instancia de la ciudad de San Lorenzo, Dr. Juan José Tutau resolvió el día lunes 19 de diciembre, absolver a Matías C. en los delitos de resistencia a la autoridad, daño y lesiones leves. El mismo fue asistido por la Defensora Pública , Dra. Marianella Pagliaretti y el Defensor Público Adjunto, Dr. Franco Fosco conjuntamente con la Asistente de Apoyo en Juicio Oral, Dra. Anabela Antegiovanni, todos ellos pertenecientes a la Defensoría Regional de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario).
La noche del 17 de marzo, efectivos policiales arribaron al domicilio de C. a partir de un llamado realizado por la suegra de este con motivo de una discusión surgida dentro del seno familiar. Si bien el conflicto no pasó a mayores y el propio C. decidió voluntariamente retirarse del hogar, los policías pretendieron introducirlo en el patrullero excediéndose claramente en sus funciones. Ante esta situación, Matías se resistió, lesionando al policía en su naríz y dañando, supuestamente, la puerta del auto a patadas.
Durante los alegatos de clausura, Pagliaretti y Fosco refirieron que la detención de C. fue ilegal. En este sentido, manifestaron que oponerse a un acto ilegítimo no es resistencia. Por ello, demostraron durante el juicio que los oficiales de policía no tenían facultades para arrestar, aprehender o detener a C. Los tres supuestos no se dieron en este caso en particular, dado que no fueron individualizados presuntos responsables de testigos (arresto), tampoco hubo un supuesto de flagrancia porque se trató solo de una discusión familiar y la policía arribó al domicilio una hora después de recibida la comunicación (aprehensión) y menos aún los efectivos contaron con orden de autoridad competente para detener al individuo.
Por ende, los Defensores Públicos solicitaron que la conducta de Matías C. fuera encuadrada en un supuesto de legítima defensa, respecto de las lesiones. Mientras que, por el delito de daño atribuido por Ledesma, la Defensa Pública manifestó que la misma no había sido constatado fehacientemente. Así, manifestaron que resultaba insuficiente acreditar el delito únicamente con el relato de los policías que justamente realizaron el acto abusivo referido.
Por todo lo debatido durante las tres jornadas de juicio oral desarrollada en los Tribunales de la ciudad de San Lorenzo, el Juez Penal de 1era. Instancia de la mencionada localidad resolvió absolver a Matías C. por el delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con el delito de lesiones leves dolosas, ya que, “el primero de ellos no constituye ilícito penal alguno, al resultar atípica la conducta por falta del elemento normativo del tipo penal, aunque enquistado dentro del subjetivo; en tanto, respecto de las lesiones, que concurren en forma ideal, la conducta achacada no resulta antijurídica, por encontrarse amparada en una causal de justificación de legítima defensa”. Al mismo tiempo, el magistrado también decidió absolver a C. por el delito de daño simple “atento a la falta de pruebas suficientes demostrativas de su autoría”.
Finalmente, el magistrado dispuso que Matías C. sea inmediatamente liberado y ordenó disponer la extracción de copias de lo actuado remitiendo dichas actuaciones al Ministerio Público de la Acusación, “a los fines de investigar la conducta del personal policial por la probable comisión del delito de privación ilegal de la libertad y abuso de autoridad”.