Cuarto intermedio hasta el lunes en la causa del homicidio de Jonatan Herrera
En el día de hoy, 1 de marzo de 2017, comenzó el juicio oral y público por el que dos policías -un varón perteneciente a la Policía de Acción Táctica (PAT) y una mujer que presta servicios en el Comando Radioeléctrico (CRE)- están acusados por el homicidio de Jonatan Herrera. La acusación también recae sobre otros tres agentes de las PAT a quienes se les atribuye el delito de tentativa de homicidio contra víctima, por el hecho sucedido el día 4 de enero de 2015 en barrio Tablada de la ciudad de Rosario.
Como fueron planteadas cuestiones previas por las partes intervinientes en el proceso al inicio del debate, el Tribunal Pluripersonal, presidido por el Juez Penal del Colegio de Jueces de 1era. Instancia, Dr. Juan Carlos Curto e integrado por los magistrados de 1er. Orden, Dres. Rodolfo Zvala y Juan José Alarcón, resolvió llamar a un cuarto intermedio hasta el día lunes 6 de marzo, a los fines de decidir sobre esta batería de planteos.
El Defensor Público de la Defensoría Regional de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario) del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe, Dr. Mariano Bufarini junto a la Asistente de Apoyo en Juicios Orales, Dra. Flavia Renzi, asistieron a R.R. uno de los dos efectivos policiales acusados por el homicidio de Jonatan Herrera. La abogada particular, Dra. Patricia Guzmán, intervino por G.G. la mujer también acusada por haber asesinado a la víctima. Por su lado, Sara Marcos participó en la defensa de los restantes agentes de las PAT. El Ministerio Público de la Acusación estuvo representado por los Fiscales, Dres. Adrián Spelta y Miguel Moreno; mientras que la madre y la pareja de Jonatan Herrera, que intervienen como querellantes en el pleito, estuvieron asesoradas por distintos pares de abogados. La madre fue asistida por los Dres. Salvador Vera y Analía Abreu, en tanto la pareja de la víctima estuvo representada por los Dres. Gustavo Feldman y José Nanni.
En el inicio del debate, los abogados que representan las querellas realizaron planteos vinculados con la unificación de personería que oportunamente dictó el Juez Penal del Colegio de Jueces de 2da. Instancia, Dr. Alfredo Ivaldi Artacho, previo al cierre de la investigación penal preparatoria. En este sentido, tanto los abogados de la madre de Jonatan Herrera como de la pareja de la víctima, criticaron la decisión del camarista, en el sentido que su decisión fijó un criterio de actuación concreta en un representante legal por cada querella. Tanto Feldman como Abreu expresaron que dicha resolución limita la igualdad de armas y solicitaron que cada querellante pueda tener dos abogados cada una para que las asistan durante el tiempo que dure el juicio. La abogada, también hizo hincapié en la interposición de un recurso de queja contra la decisión de Ivaldi Artacho, que suspendería la decisión impugnada, ya que esta no se hallaría firme.
Por su lado, el Defensor Público, Mariano Bufarini, giró su exposición en base a dos cuestiones previas: la oposición al pedido de los querellantes y la introducción de ofrecimiento de nueva prueba para juicio. En cuanto al primer punto, el representante del Ministerio Público de la Defensa manifestó que “más allá de la posición de Ivaldi Artacho, hay un auto de apertura a juicio que ha fijado las reglas del juego”. En este sentido, recordó que en el auto de apertura a juicio dictado por el Juez de 1era. Instancia, Dr. Juan Andrés Donnola, se hace hincapié en la resolución de Ivaldi Artacho ordenando unificar personería. Bufarini también recordó que previo al juicio, el Tribunal puede limitarse a acoger planteos, en cuanto a la interposición de prueba nueva o la modificación de la acusación del Fiscal por poner dos ejemplos, pero que de ninguna manera lo puede hacer respecto del planteo de los querellantes. Al mismo tiempo planteo argumentos en orden a la igualdad de armas, a la necesidad de un único discurso acusatorio para el imputado y razones de economía procesal.
Sobre la introducción de ofrecimiento probatorio, la Defensa Pública manifestó que la faltante de esta evidencia en el juicio oral se debió a una “omisión involuntaria de todas las partes”. Así, Bufarini entendió que dicha prueba resulta para el debate “necesaria y pertinente”.
En este sentido, la evidencia probatoria ofrecida por el Defensor Público para ser rendida durante el debate consiste en los testimonios de dos médicos que prestaron servicio a Jonatan Herrera, en el Hospital de Emergencias Clemente Alvarez (HECA) momentos después de sucedido el hecho que derivó en su muerte. De esta forma, Bufarini trajo a colación que el Ministerio Público de la Defensa asistió a R.R. recién en diciembre de 2016, luego de que el abogado particular que intervino a su favor durante todo el proceso renunciara pasada la audiencia preliminar.
El Defensor Público no soslayó que el asesor letrado de R.R. en su oportunidad, ofreció como prueba documental la Historia Clínica de Jonatan Herrera, la cual fue oportunamente admitida. Sin embargo, estimó que los testimonios de los médicos que intervinieron en la misma son “necesarios”. De este modo, la Defensa de R.R. indicó que “la manera de canalizar el ingreso de la evidencia material y documental a un juicio, es mediante la declaración de un testigo idóneo, que se encuentre en condiciones de dar cuenta del contenido de aquella historia clínica” agregando que resulta “imprescindible” la comparecencia de los médicos que intervinieron en la atención de Jonatan Herrera durante su tránsito en el HECA ya que “ sólo ellos revisten la experticia requerida para la compresión de su contenido”.
En cuanto a la “pertinencia” de la prueba introducida por la Defensa Pública, Bufarini se preguntó “¿No resulta acaso trascendental saber exactamente qué fue lo que sucedió en las casi últimas dos horas que vivió Jonatan Herrera luego de recibir los disparos?”. Sobre este punto, el asistente de R.R. dijo que “el deber del Ministerio Público de la Acusación debe ser trabajar fundamentalmente con objetividad y en este sentido es clarísima la ley orgánica que regula su actuación”. Ello, dijo el Defensor, “hace necesario que la fiscalía acompañe este pedido de prueba”. Por lo que concluyó expresando que la Fiscalía no debería oponerse a su ingreso. No obstante también manifestó que “resulta extraño que no haya sido ese organismo o las querellas los que la hayan ofrecido”. Asimismo planteó que “resulta contradictoria la postura de las querellas que públicamente y en audiencia postulan la necesidad de conocer la verdad de lo ocurrido con Jonatan Herrera y ahora pretendan negarse mediante los testimonios ofrecidos a ahondar precisamente en esa verdad”. Por ultimo, argumentó que la prueba solicitada no modifica las reglas del juego ni causa sorpresa a las partes ya que se trata de testigos no directos sobre el hecho y que no pueden modificar con su relato lo efectivamente sucedido.
Luego de escuchar las réplicas y dúplicas sobre los planteos previos al juicio de todas las partes, el Presidente del Tribunal pluripersonal de juicio oral, Dr. Juan Carlos Curto, resolvió realizar un cuarto intermedio hasta el lunes 6 de febrero para dirimir entre sus colegas las cuestiones expuestas en esta primera audiencia de debate.