Cuando ni la justicia puede frenar a la policía frente a persecuciones contra adolescentes en riesgo
En el día de hoy se desarrolló una audiencia de habeas corpus preventivo en favor del adolescente D.S., de 16 años de edad quien desde junio de este año recibe permanente acoso y violencia institucional de parte de agentes policiales. El recurso fue interpuesto por el Defensor Provincial, Dr. Gabriel Ganón.
Durante la audiencia, el titular del Ministerio Público de la Defensa relató que el día 21 de octubre pasado, la madre del adolescente informó a esta Defensa Pública que el joven estaba nuevamente siendo víctima de persecuciones, malos tratos y amenazas por parte de empleados la Subcomisaría 2da.
La madre del adolescente, de entonces 15 años de edad, relató que aproximadamente el día 20 de septiembre de este año personal dependiente de la Subcomisaría 2° de la ciudad de Rosario, volvieron a hostigar, perseguir y amenazar a D.S. en más de tres ocasiones, violando una vez más no solo normativa constitucional, nacional y provincial, pactos internacionales de Derechos Humanos sino también una resolución judicial dictada el 22 de junio último en el marco de un habeas corpus presentado y denunciado por el Defensor Provincial en favor del joven (ver aparte).
EL 20 de septiembre D.S. se trasladaba en una moto junto a su madre por el barrio Nuevo Alberdi a las 11 de la mañana. Regresaban del supermercado “Día”, cuando en ese momento observan que dos policías de la seccional subsegunda, le gritan al adolescente, en un tono muy agresivo y amenazante “hey, -lo llama por su apellido-, ¿todo bien?”, a lo que el responde “sí, todo bien, ¿por qué”?. Finalmente el oficial le retruca “mejor así”, levantando su pulgar. La mamá del chico quedó preocupada debido a los problemas previos que tuvo su hijo con los agentes de la mencionada comisaría.
El otro episodio comentado por la madre de D.S. data del mes de octubre. Ese día, el adolescente salió de su casa acompañado de su novia y fueron a comprar cigarrillos al kiosco. En ese instante dos policías se le acercan y comienzan a interrogarlo, le exigen sus documentos, intentan requisarlo y lo indagan acerca de si estuvo alguna vez detenido y en qué comisaría. El joven mencionó que uno de los agente era mujer y que lo provocó e insultó a los fines de que reaccione y pueda llevárselo detenido. D.S., no respondió a las agresiones de los oficiales.
El tercer episodio ocurrió el sábado 15 de octubre. En aquella ocasión D.S. y su novia regresaban de la Florida. En la intersección entre calles Baigorria y Darragueira observan como un móvil del Comando Radioeléctrico comienzan a perseguirlos. En el instante en que ellos paran dos policías descienden del móvil y les solicitan los papeles de la moto. Uno de los agentes nombra al adolescente con nombre y apellido y le consulta qué estaba haciendo por allí. Al mismo tiempo lo amenazó manifestándole que se cuide porque lo estaban “vigilando”.
El último hecho relatado por la madre se produjo al día siguiente, durante el día de la madre. D.S. se dirigía junto a su cuñado a una zapatería ubicada por calle Baigorría a la altura de Parque Field. En esa intersección son parados por un móvil policial de la Subcomisaría 2da.. El vehículo se atravesó frente a los jovenes que transitaban en moto obligándolos a detener su marcha. Los empleados policiales descienden del automóvil solicitándoles los papeles de la moto, sus DNI y les consultan sobre qué estaban haciendo por allí. Cuando se dirige a la víctima en cuestión uno de los oficiales le consulta “especialmente vos D.S. que tenés el tiempo contado”. Luego de la advertencia, los funcionarios removieron de la moto el capuchón de la bugía, haciendo que el vehículo deje de funcionar.
La madre del adolescente sabe que con este dicho hacían referencia a que el 1 de noviembre, su hijo cumplía 16 años. Ella relató también que en una oportunidad, un policía de la Subcomisaría 2da lo amenazó al chico diciéndole: “no vayas a querer jugar conmigo que no tengo 15 años y sabemos bien que dentro de unos meses cumplís 16 años y no salís mas, vas a parar al IRAR”.
Este habeas corpus preventivo fue interpuesto el día 21 de octubre y su audiencia recién fue realizada hoy. Previo a ello, el Defensor Provincial debió insistir con la realización de la misma mediante la interposición de dos pronto despacho los días 8 y 10 de noviembre.
Sin embargo, el día de ayer la madre del joven relató a esta Defensa Pública que D.S. había sido detenido durante la mañana por personal policial. Luego fue liberado. De todos modos hoy volvió a ser detenido por personal de la Subcomisaría 2da y luego derivado a la Seccional 30°. Este hecho denota una gravedad inusitada ya que una de las amenazas permanentes que le realizaban los policías al joven estaban vinculadas con su edad y el hecho de ser punible cuando cumpliese los 16 años. La organización y distribución de las audiencias está a cargo de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ), siendo la responsable de la administración de las mismas. Pareciera ser que un caso de hostigamiento y acoso por parte de agentes policiales no entra en el criterio de inmediatez y gravedad que suscita el caso aquí traído a colación.
Siendo la encargada de convocar la misma, la OGJ tampoco notificó ni a los representantes de la Subcomisaría 2da., a los agentes del Comando Radioeléctrico. Es por ello que el Juez Penal de 1era. Instancia interviniente en el habeas corpus, Dr. Luis María Caterina, resolvió requerir al Ministerio Público de la Acusación evite la participación de la Subcomisaría 2° en cualquier causa y por cualquier motivo relacionado con el adolescente D.S. y su madre.
También decidió convocar a la mayor brevedad posible al Jefe de Policía de la Unidad Regional N° II, a los representantes de la Subcomisaría 2° y del Comando Radioeléctrico y al Asesor de Menores N° 3. Así también solicitó informes al servicio 911, Comando Radioeléctrico y la seccional Subsegunda. Además pidió que se le haga saber al Juzgado de Menores N°3 que el adolescente D.S. se halla alojado en la Comisaría 30°.
Un hostigamiento que no cesa
En junio pasado una resolución judicial ordenó hacer lugar a un habeas corpus preventivo interpuesto por el Defensor Provincial en favor de D.S, “a fin de evitar futuras y eventuales aprehensiones y detenciones” como así tampoco “no debiendo ser detenido ni alojado o resguardado en dependencias de Comisarías, y debiendo dar inmediato aviso a la Justicia de Menores, Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia y a sus progenitores”.
En aquella ocasión D.S fue golpeado por personas del barrio Nuevo Alberdi, de la ciudad de Rosario el día 1 de Junio y posteriormente detenido y alojado en la Subcomisaría 2°, a pesar de las heridas y los golpes que validaban su internación en un centro de salud. El adolescente solo fue revisado por la médica policial, Dra. María Elena Zelaya -quien intervino inicialmente y desempeñó esta misma función en el caso Franco Casco-
El Defensor Provincial solicitó en el escrito de habeas corpus que el Ministerio Público de la Acusación inicie una investigación contra el personal de la SubComisaría 2da, dado que la familia de D.S. no había sido informada sobre su detención. Tampoco recibió notificación la Dirección de Niños, Niñas y Adolescentes de Rosario, que por tratarse de un niño de 15 años era la institución que debía ser comunicada, tal como lo estipula la Ley Provincial de Niños, Niñas y Adolescentes. Así tampoco se le dio conocimiento al Asesor de Menores en Turno ni al Juzgado de Menores.