La Defensa Pública logró la absolución de A.M., joven acusada del delito de abandono de persona seguido de muerte respecto de su hijo de 6 meses
El Servicio Público Provincial de Defensa Penal -SPPDP- logró, en el día de la fecha, una sentencia absolutoria respecto a A.M., una joven acusada de haber cometido el delito de abandono de persona seguido de muerte respecto a su hijo M.A. de 6 meses de edad.
A criterio de la Defensa Pública, la joven sufrió una injusta persecución penal -que se sumo al dolor de haber sufrido la pérdida de su hijo- tras ser acusada de haber incurrido en la omisión de los deberes de guarda en calidad de madre de M.A., al dejarlo a cuidado de su pareja, quien es imputado en la causa por la muerte del niño. En sus argumentos, el Defensor Público, Dr. Darío Pangrazi, hizo hincapié en la falta de sustento jurídico en relación a la configuración del delito de abandono de persona, advirtió sobre la falta de perspectiva de género y puntualizó otras inconsistencias en la acusación.
Preocupa a la Defensa Pública, la asignación de roles por estereotipos de género por parte de operadores judiciales que tienden a invisibilizar este tipo de violencias, revictimizando a personas que son innecesariamente sometidas a rigurosos procesos penales, tal como sucedió en el presente caso.
Si bien aún no se dieron a conocer los fundamentos del fallo, los Jueces del Tribunal Pluripersonal de Juicio, Dres. Román Lanzón, Mariano Aliau, e Ismael Manfrín, adelantaron que A.M. no pudo haber conocido el peligro que la situación representaba. Asimismo, tuvieron en consideración que la persecución penal importó una suerte de punitivismo en exceso, sin tomar en consideración que el proceso penal no debe estar desprovisto de humanidad ni desatender las condiciones personales de aquellos a quienes se somete.
El SPPDP tiene la misión institucional de brindar asistencia penal técnica y desplegar acciones para mantener la vigencia de los Derechos Humanos, sobre todo de aquellas personas que atraviesan especiales situaciones de vulnerabilidad. Ello, ha quedado plasmado en el presente caso, como en los planteos defensivos con perspectiva de género realizados en la causa donde hace tres días atrás se obtuviera un fallo favorable en relación a una integrante del colectivo LGTBIQ+, habiendo logrado eco en la respuesta judicial, sumando de esta manera jurisprudencia que ratifica nuestra política institucional.
También se destaca que en este tipo de causas se cuenta con la colaboración de sectores e integrantes del SPPDP, como de organizaciones comprometidas con la perspectiva de género, que brindan un valioso soporte para poder abordar correctamente los contextos y elementos valorativos que rodean este tipo de conflictos que requieren inexorablemente capacitación y conocimiento con mirada crítica de la problemática.