28 de Junio - Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+
El Servicio Público Provincial de Defensa Penal -SPPDP- conmemora el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+ con el objetivo de concientizar y fortalecer la construcción diaria de ámbitos diversos de pluralidad, tolerancia e inclusión. En el marco de un Estado Democrático de Derecho, resulta vital el respeto a la diversidad en todas sus formas para la construcción de una sociedad que evite la exclusión y la discriminación por la orientación sexual.
La Defensa Pública es un organismo con autonomía funcional, y sus políticas institucionales están orientadas a garantizar y respetar los Derechos Humanos, sobre todo de aquellas personas que se encuentran comprendidas en los grupos de especial vulnerabilidad.
En este marco, el SPPDP ha desplegado una serie de acciones tendientes a brindar el acceso a derechos a los sectores comprendidos dentro del Colectivo LGBTIQ+, contempladas bajo normativa nacional e internacional en la materia. De este modo, gracias una política proactiva se han incorporado a los Estándares de Defensa Técnica, pautas y reglas generales aplicables al ejercicio de la defensa técnica a lo largo de todo el proceso penal de quienes forman parte de estos grupos.
Es preciso señalar que el día viernes, la Defensa Pública de la Provincia de Santa Fe obtuvo la libertad de N.F., una joven trans acusada por la mera violación del artículo 205 del Código Penal, al encontrarse en la vía pública sin el permiso de circulación. Por ese hecho, permaneció detenida durante treinta días en la Unidad Penitenciaria Nº 5 de la ciudad de Rosario, decisión que además fue avalada el Tribunal de Alzada.
En este aspecto, la prisión preventiva dictada contra N.F. no se justificó bajo ningún aspecto, en primer lugar por la nimia naturaleza del hecho atribuido, y segundo porque no poseía antecedente condenatorio alguno.
En este sentido, la falta de perspectiva y de contención para quienes integran el colectivo trans aumenta su contexto de vulnerabilidad, producto de la persecución punitiva por parte del Estado y de la selectividad del proceso penal, que actúa sobre la base de preconceptos sin evaluar la situación personal de cada individuo, y los efectos que genera el encierro en estos grupos.
El nuevo pedido de libertad, realizado por el Defensor Público del SPPDP, Dr. Martín Riccardi, el día viernes fue acogido favorablemente por la justicia, quien hizo lugar al pedido y dispuso la libertad de N.F. bajo el cumplimiento de una serie de reglas de conducta en el entendimiento que no existían riesgos procesales sin que puedan neutralizarse con las reglas impuestas.