Alegatos de clausura en juicio oral y público contra J.F.

Defensores Regionales 13/02/2017 · 15:18

“Solamente la casualidad hizo que J.F. esté aquí presente y la mala suerte por estar sentado en el banquillo de los acusados”. Así finalizó su alegato de clausura el Defensor Público de la Defensoría Regional Rosario del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe en el juicio oral y público contra J.F. quien está acusado por el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Rafael Coria, por el delito de homicidio en grado de tentativa. Broglia estuvo acompañado en todas las jornadas de debate por la Defensora Pública Adjunta de Rosario, Dra. Marianella Di Ponte y por la Asistente de Apoyo en Juicios Orales, Dra. Anabella Antegiovanni.

En el inicio de su alegato, Broglia manifestó que la Fiscalía “no pudo acreditar el tipo penal de homicidio en grado de tentativa” por el que pide que se lo condene a J.F. a la pena de ocho años de prisión. Mientras que la Defensa Pública solicitó la absolución del joven por haber actuado en una situación de defensa personal ante el ataque de Miguel Angel Bravo -quien falleció cinco meses después por situaciones externas al hecho debatido en este juicio-.

En este sentido, dijo que “durante el debate, quedó desterrada la posibilidad de una intención de J.F. de dar muerte al Sr. Bravo”. Así, enumeró los relatos del mismo acusado “quien dijo que tuvo que zafar porque lo tenía a Bravo muy encima”. Cabe destacar que el Defensor describió a la víctima como una persona “robusta y grandota”. Si bien en la escena del hecho (ver Hechos) no hubo personas que lograran mirar las acciones en que se desencadenó el suceso, lo cierto es que uno de los testigos escuchó gritos y pudo observar el desorden de la escena, manifestando que se produjo allí una pelea entre J.F. y Miguel Angel Bravo.

Asimismo, el acusado manifestó en su declaración que Miguel Angel Bravo lo sostuvo del cuello y golpeaba su cabeza contra la pared de la casa, que lo lastimó y le provocó un sangrado en su cuero cabelludo. Estos dichos son también coincidentes con los dichos de su madre, quien durante el juicio, relató que Georgina -por entonces pareja de J.F.- la llamó por teléfono “desesperada” porque Bravo tenía del cuello al acusado. Así, Broglia expresó que “hubo forcejeo, hubo sangre en las paredes de la casa y en la nuca de J.F.”.

Para finalizar con su alegato, el Defensor Público también expresó que Miguel Angel Bravo mintió en sus dos declaraciones -una en la Comisaría 33era. y la restante en el Ministerio Público de la Acusación- previas a su fallecimiento. Si bien una de las bases de este nuevo sistema procesal penal en la provincia de Santa Fe es la oralidad, Broglia logró introducir como prueba “clave” la lectura de las declaraciones de la víctima, ante la negativa del Fiscal.

De este modo, el representante del Ministerio Público de la Defensa hizo hincapié en una serie de contradicciones claras en aquellas declaraciones. En una de ellas, Bravo manifestó que a J.F. no lo conocía, cuando la realidad marcaba que desde hacía algunos meses que vivía junto a su madre, su pareja y el hijo de esta última. En otro punto, la víctima señaló que ese día no había estado con J.F. cuando de los dichos de un testigo propuestos por el Ministerio Público de la Acusación desprende que ese día habían compartido un asado y tomado cerveza juntos. Además, este testigo fue concreto al mencionar que oyó ruidos de pelea. También, Bravo informó en Comisaría que J.F. lo había atacado de improvisto por la espalda mientras que en sede Fiscal explicó que el llegó a su casa y encontró al acusado dentro el cual comenzó a apuñalarlo “de la nada”. Una de las últimas incoherencias entre los dos relatos, surgieron a partir del supuesto robo de un celular por parte de J.F. contra la víctima. Sin embargo, durante todo el juicio la Fiscalía no pudo demostrar que tal delito ocurrió.

En cuanto a la pena y el monto solicitado por el Ministerio Público de la Acusación, la Defensora Pública Adjunta, Dra. Marianella Di Ponte manifestó que “el que alega tiene que probar y lo que no ha sucedido es que el Fiscal haya probado en forma indubitable los extremos establecidos en los artículos 40 y 41 del Código Penal argentino”. En síntesis, no consiguió demostrar los fundamentos para una pena tan elevada.

La Defensora también manifestó que “los actos de los órganos que componen el Estado exigen que los mismos sean fundados, y, en consecuencia, las decisiones de los magistrados que integran el Poder Judicial deben cumplir el mandato constitucional de fundamentación, so pena de incurrir en vulneración al principio de racionalidad de los actos de gobierno, incluyendo al Ministerio Público de la Acusación en los mismos”.

Por otro lado, Di Ponte también hizo referencia a las pautas subjetivas atenuantes del hecho, trayendo a colación el informe socioambiental elaborado por el testigo de parte de la Defensa Pública, el Trabajador Social, Lic. Pablo Porporato, quien en la audiencia previa a los alegatos de clausura hizo mención a la vulnerabilidad y exclusión permanente que vive el acusado (ver Una vida signada por la escasez de acceso a recursos materiales y económicos). La Defensora Pública Adjunta dijo que individuos como J.F. “son personas que han sufrido diversas violencias en sus cuerpos por parte de otras personas y también sufren el abandono del Estado”.


Hechos

Durante la tarde del día 12 de octubre de 2015, J.F, Miguel Angel Bravo y otras dos personas más comieron juntos un asado y tomaron cerveza. Luego de comer y beber, el acusado se dirigió a un kiosco para comprar más cerveza, cigarrillos y pañales para el bebé de su, por entonces, pareja. Según el relato de J.F. cuando regresaba del kiosco, observó a Georgina correr “desesperada”, manifestándole que Miguel Angel Bravo “la había manoseado”. En el relato del joven se desprende que cuando ingresó a la casa, comenzó a intercambiar insultos con la víctima quien le arrojó  una silla. Luego de ello el propio Bravo recogió un cuchillo arrojándole varios puntazos. En un determinado momento, el hombre agarró a J.F. lo abrazó del cuello y empezó a dar su cabeza contra la pared causándole lesiones. De este modo, el joven manifestó durante la declaración efectuada por el en el juicio que “quería zafar, él me daba contra la mesa, y la pared y le terminé clavando el cuchillo para defenderme”.Al mismo tiempo aclaró que luego de irse del lugar del hecho, intentó dirigirse hacia la Comisaría 33era., sin embargo cuadras antes lo interceptó un patrullero de la misma seccional y se lo llevó detenido a él y a su pareja Georgina. Por último, también declaró que en dicha Comisaría ningún médico le revisó las heridas recibidas por parte de Miguel Angel Bravo.


Una vida signada por la escasez de acceso a recursos materiales y económicos

J.F. es un joven que nació y creció junto a su familia en el barrio Centeno de la ciudad de Rosario bajo una pobreza estructural y vulnerabilidad económica. Situaciones de alcoholismo por parte de su padre y episodios de violencia de género contra su madre finalizaron la relación que ambos mantuvieron durante años. De esta manera, J.F. terminó viviendo con su papá y a los diez años debió abandonar la escuela primaria para ayudar a su progenitor en el Mercado de Productores afectado permanentemente a la informalidad laboral.

En el año 2015, J.F. ya en edad adulta, decidió junto a su madre y su, por entonces, pareja, de nombre Georgina y quien tiene un hijo, irse a vivir al barrio Puente Gallego también de la ciudad de Rosario. Allí, le alquilaron una pieza a Miguel Angel Bravo en la casa ubicada en calle Biarritz al 3700. Según pudo desprenderse de los dichos de los testigos  propuestos por la Defensa Pública, el joven adelantó tres meses de alquiler mediante la entrega de un par de zapatillas nuevas dado que no poseía recursos económicos para costear el inquilinato del mismo.