Defensora Pública de Reconquista pidió la absolución de su asistido en juicio oral

Defensoría Regional de la 4º Circunscripción Judicial 16/06/2017 · 16:17

En el día de ayer, jueves 15 de junio, la Defensora Pública de la Defensoría Regional de la 4° Circunscripción Judicial (Reconquista) del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP), Dra. Fabiana Pierini, presentó el alegato de clausura en el juicio oral y público por el que su asistido J.L. está siendo juzgado por los delitos de abandono de persona que derivó en la muerte de su hija y por abuso sexual en reiteradas ocasiones de quien resultara ser pareja. 

El Tribunal Unipersonal de juicio oral integrado por el Juez de 1° Instancia de Reconquista, Dr. Ireneo Berzano, escuchó la postura final de la defensa, que pidió la absolución de su asistido de los delitos achacados por el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Alejandro Rodríguez.

Sobre el delito de abandono de persona, Pierini señaló que las manifestaciones esbozadas por el Fiscal acerca de que la niña no fue controlada en ningún centro de salud por un período de siete años no fueron probadas. Paralelamente, indicó que el período de control obligatorio de la menor fue cumplido en su totalidad a partir de su nacimiento.

Sobre la salud de la niña, la Defensora Pública expresó que “la desnutrición reconoce una multiplicidad de factores causales, siendo la pobreza causa estructural de ella”. Al mismo tiempo dijo que de los testimonios e informes asistenciales expuestos durante el juicio surgió que “se trataba de un hogar en riesgo, con escasos recursos económicos, bajo nivel sociocultural, en situación de hacinamiento y falta de higiene” agregando que “su condición de niña con desnutrición crónica irreversible la hizo más vulnerable a contraer enfermedades, unido a ello su malformación congénita de tórax”.

Pierini también recordó que para la ley penal “el abandono de persona existe cuando el afectado ha sido dejado solo, fuera de la vigilancia y la posibilidad de ser socorrido” y señaló que la niña “nunca quedó aislada ni lejos de la posibilidad de ser asistida”.

En cuanto a la segunda acusación, por la cual el Fiscal le achaca a J.L. haber abusado sexualmente de su pareja en distintas circunstancias y modalidades, la Defensa Pública indicó que el representante del MPA no pudo determinar el momento de ocurrencia de los hechos, ni las circunstancias de su realización. Estas cuestiones tienen especial relevancia al momento de definir su persecución penal para la aplicación de una sanción.

En consecuencia, Pierini señaló que “no hubo prueba biológica, psicológica como así tampoco ningún elemento probatorio que pudiese generar convicción suficiente para condenar J.L. como penalmente responsable por el delito de abuso sexual”. Para finalizar este punto, la Defensora Pública remarcó que “la condena sólo puede ser pronunciada ante la certeza absoluta de la ocurrencia del hecho”.

Como conclusión, la representante del defendido solicitó al Juez Penal, Ireneo Berzano, la absolución de J.L. de los delitos por los cuales fue acusado.

Asimismo, Pierini hizo referencia al estado de salud en que se encuentra su asistido, quien padece un grado de deterioro cognitivo y ceguera permanente.  En este sentido, se preguntó si su encierro en un ámbito penitenciario le obstaculizará de alguna manera su recuperación o el tratamiento adecuado de su dolencia y si se le garantizará el adecuado alojamiento en cualquier centro de detención. Por ello, pidió al magistrado que tenga en consideración no sólo la pena natural que ha sufrido J.L. sino también las alternativas al cumplimiento de una condena de ejecución efectiva dada la situación de salud psicofísica del acusado.