Audiencia de apelación contra un fallo condenatorio en contexto de violencia de género

Defensores Regionales 14/02/2017 · 17:52

“Pegarle a Ian era como pegarle a A.S”.De esta forma, el Defensor Público Adjunto de la Regional Rosario del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe, Dr. Iván Russo, describió hoy, 14 de febrero, los padecimientos vividos por su asistida en la audiencia de apelación en la que la Defensa Pública solicitó que sea revocada la pena a prisión perpetua impuesta por el Tribunal de 1era. Instancia contra A.S por haber cometido el delito de homicidio agravado por el vínculo, alevosía y ensañamiento de su hijo, Ian Almada y pidió que la joven sea absuelta o bien se remita la causa para que un nuevo Tribunal dicte sentencia conforme a derecho. El representante de la Defensa Pública estuvo acompañado por la Asistente de Unidad de Defensa, Dra. Bernardette Blua.

En la audiencia de apelación, Russo hizo hincapié en los puntos que agravia a la defensa de A.S, en base a la sentencia dictada por el Tribunal de 1era. Instancia, compuesto por los Jueces, Dres. Gustavo Pérez de Urrechu, José Luis Suárez y Juan Carlos Vienna, luego del juicio oral y público donde la mujer fue condenada a la pena de prisión perpetua. En el mismo también fue sentenciado su pareja M.C con el mismo castigo. Cabe destacar que este último recibió la asistencia de un letrado particular. El Tribunal pluripersonal de 2da. Instancia de hoy estuvo presidido por la Jueza Penal del Colegio de Jueces de 2da. Instancia, Dra. Carolina Hernández e integrado por los también camaristas, Dra. Carina Luratti y Dr. Alfredo Ivaldi Artacho. Mientras que por el Ministerio Público de la Acusación, tomó parte el Fiscal Dr. Adrián Spelta.

Durante la jornada de debate del día de hoy, el Defensor Público manifestó que el Tribunal de primer orden “no valoró correctamente las constancias probatoria, habiéndose realizado una grosera desinterpretación material y arbitraria de la prueba” agregando que “se produjeron errores graves y ostensibles que fueron cometidos en la conceptualización, juicio y raciocinio al analizar, interpretar y valorar las pruebas de lo que resultó una sentencia incoherente".

El representante del Ministerio Público de la Defensa expresó que el material probatorio presentado en favor de A.S no fue debidamente valorado por el Tribunal que condenó a su asistida. En este sentido, numerosos testigos que comparecieron durante el debate en 1era. Instancia como así también informes de profesionales que tuvieron la oportunidad de dialogar y tratar con la joven lograron acreditar, según lo manifestado por Russo, que Ian falleció por los golpes propinados por M.C, en una situación desarrollada en un contexto de extrema violencia de género.

Como primer punto de agravio, el Defensor explayó sobre la historia de vida de A.S, a quien describió como “una excelente madre” quien “tuvo que pelearla sola” luego de la muerte del padre de Ian. Ello se desprende también del informe final de la Psicológa Eugenia Covacich, testigo experta brindada por la Defensa Pública, quien describió el vínculo entre A.S y su hijo Ian como “simbiótico, de sobreprotección, de muchos cuidados, un vínculo que prolongó un poquito más la etapa de dependencia del niño”.

Si bien la chica creció en el barrio El Mangrullo de la ciudad de Rosario, tiempo después decidió mudarse al barrio La Paloma de la misma localidad donde conoció a M.C. Al iniciar la pareja entre ambos, los conflictos comenzaron a suscitarse dentro del seno familiar de A.S, quien poco a poco fue separándose de ellos ya que desconfiaban de M.C. El Defensor señaló en la audiencia de hoy que “eso fue uno de los argumentos que utilizó el -por M.C- para comenzar a hostigarla y alejarla de su familia”.

Russo especificó, a través del testimonio de Covacich que dicha relación era “asimétrica, donde había un uso arbitrario de poder por parte de M.C hacia ella”. La situación llegó a un punto tan alto, que dos testigos ofrecidos por la Fiscalía refirieron que las puertas de la casa estaban cerradas con candado reproduciendo así una escena de reclusión mediante aislamiento en el hogar. También hubo roturas de celulares, momentos de celos desproporcionados, entre otros por parte de M.C.

Cabe destacar que la resolución de 1era. Instancia no advirtió indicios acerca de la violencia de género sufrida por A.S al momento de ocurrido el homicidio de Ian. Sin embargo, el informe de la Psicóloga aclara que “la escalada de violencia” de la que era víctima A.S, pasaba de ser, primero verbal y luego física. En este sentido se desprende de dicho testimonio que “en los cuatro meses que llegaron A.S y M.C a convivir, se produjeron dos ciclos de violencia, el primero con insultos, agravios, descalificaciones, donde la mujer empezó a perder su auteoestima, mientras que la segunda fase del ciclo fueron las violencias físicas”.

Estos puntos, es decir la sobreprotección sobre Ian de parte de A.S y la violencia ejercida por M.C contra la joven, son claves para entender el papel que cumplía el pequeño en la pareja. Nuevamente, Russo trajo a colación el testimonio de Covacich, quien durante el juicio arguyó que dado el fuerte vínculo que existía entre la chica y su hijo, M.C intentó separarlos, porque que se sentía muy irritado por esta relación, se sentía falto de atención y estos fueron los motivos que dispararon la violencia por parte de el, que tenían que ver con separar, con alejar, con que Ian logre la independencia de su mamá, tocarlo a Ian era el punto más vulnerable de A.S, su carta más eficaz”.

Sobre el suceso ocurrido la madrugada del 22 de abril de 2015, Russo mencionó que a partir de los testimonios de médicos durante el juicio oral, pudo acreditarse que Ian murió por los golpes propinados por M.C, que ocurrieron dentro de las 48 horas previas a su muerte, queriendo ser evitados por su madre, inmersa en el contexto de violencia de género, descripto en párrafos anteriores. Relató su defensor, que ella “no le dio un solo golpe a Ian, sino todo lo contrario dado que intentó evitar dichos golpes, lo cual le costó una golpiza a ella por parte del propio M.C”. A su vez, Russo mencionó que días antes de producirse el hecho, la ex suegra de A.S relató en las audiencias de debate que observó en "buen estado" al niño.

Otro de los argumentos considerados por los Jueces del Tribunal pluripersonal de 1era. Instancia, se basa en una “conducta omisiva” por parte de A.S ante los golpes de M.C contra el pequeño Ian. Así, Russo dijo que dicha consideración de parte de los magistrados –que no formó parte de la acusación del Fiscal- viola el principio de congruencia y el derecho constitucional de defensa en juicio porque “lo que no pudo ser materia de contradictorio, sin estar en el marco de la enfrentada dialéctica de las partes, no puede ser materia de la decisión jurisdiccional pues lesionaría las reglas de una discusión franca, convergente y sin trampas”.

Es por ello que el representante del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe, pidió al Tribunal pluripersonal de 2da. Instancia revocar la sentencia dictada en 1era. Instancia y que A.S sea absuelta libremente. En su defecto, pidió a los magistrados que se anule el juicio oral remitiéndose nuevamente a primer orden para su correcta tramitación.